Declaratio Raimundi
La Declaratio Raimundi (febrero de 1298) es el primer comentario que existe de
la condena parisina del 7 de marzo de 1277. Su uso como fuente para el estudio de este
acto de censura está, no obstante, condicionado por dos elementos: la datación y el estilo
y la estructura de la obra. El presente estudio tiene como finalidad el análisis de estos
dos elementos a partir de las nuevas perspectivas de estudio de la condena parisina de
1277, de los hechos que la sucedieron y de los escritos compuestos por Ramón Llull
durante su segunda estancia en París (1297-1299). La tesis que se pretende demostrar
es que la Declaratio Raimundi no es un tratado contra el averroísmo latino, sino un
escrito contra el uso de la filosofía pagana por parte de los autores cristianos, hecho que
permitiría devolver a esta obra la coherencia tanto con respecto del contexto intelectual
del propio Llull como con los acontecimientos que se suceden durante las décadas de
1280 y 1290.
El 18 de enero de 1277, Juan XXI se dirigió al obispo Étienne Tempier
trasladándole su inquietud por los sucesos que se estaban produciendo en la
Universidad de París . El Pontífice estaba preocupado por el proceso que había
iniciado el Inquisidor de Francia, Simon du Val, contra Sigerio de Brabante
e inquieto por la expansión del aristotelismo entre los maestros de teología,
pidiendo información al respecto. La respuesta del obispo fue inmediata: reunió
una comisión de 16 expertos, entre los que contaban figuras como Enrique de
Gante, y el 7 de marzo de 1277 promulgó una condena que, por extensión e
intensidad, ha sido considerada uno de los acontecimientos que más han determinado la historia del pensamiento medieval . La importancia de este acto ha
sido, no obstante, proporcional a las incógnitas que ha suscitado y que afectan
1 El papa Juan XXI (también conocido como Pedro Hispano) dirigió en 1277 dos bulas al
obispo de París –18 de enero y 28 de abril– . Tanto
Juan XXI como Étienne Tempier habían mantenido un fuerte vínculo con la Universidad de París: el
primero estudió allí, el segundo llegó a ser maestro y Canciller (1263-1268).
...tanto a la historia que la rodea como al propio contenido mismo del edicto. En
gran medida, tales incógnitas se deben a la ausencia de referencias o explicaciones de un texto que cataloga, sin más que algunas explicaciones marginales a su
contenido y bajo la forma de artículos, un total 2195
proposiciones heterodoxas.
Datada en febrero de 1298, durante la segunda estancia de Ramón Llull en París,
la Declaratio Raimundi per modum dialogi edita es el primer comentario que
se conserva del contenido de la condena parisina de 1277. Pese a ello, su uso
para la comprensión del mencionado edicto ha sido tradicionalmente descartado,
debido en su mayor parte a la fecha de composición y a cuestiones de estilo y
contenido. en estas últimas décadas han ido apareciendo, sin embargo, una serie
de estudios que aportan nuevos datos y líneas de interpretación, mediante los
cuales es posible abordar la redefinición de los parámetros relacionales de esta
obra de Ramón Llull con la condena parisina de 1277. Dos son los ámbitos
en los que es posible modificar la comprensión de esta relación: el histórico,
en donde se produce la ruptura del modelo de explicación continuista de los
hechos conducentes al edicto de 1277 y la identificación de nuevas cuestiones
vinculadas a la universidad de París; y el doctrinal, en el cual el averroísmo
ha sido desplazado por la filosofía pagana del lugar que ocupaba como objeto
principal de la condena.
El presente trabajo analiza el objeto de la Declaratio Raimundi a partir de
la confluencia de dos líneas distintas: el estudio de la condena parisina de 1277
y el de la relación mantenida por Ramón Llull con el averroísmo durante su
primera estancia en París (1297-1299). La hipótesis que se pretende demostrar
es que la Declaratio Raimundi no puede ser considerada un tratado contra el
averroísmo, sino que tiene por objeto el problema que suscita el uso de la filosofía pagana por parte de los autores cristianos. La argumentación que se sigue
consiste en: a) mostrar que la condena de 1277 no tiene como primer referente el averroísmo, sino la filosofía pagana; b) resaltar que las décadas de 1280 y
1290 introducen nuevas problemáticas que intensifican la suscitada por la autonomía de la filosofía; c) examinar cómo la lectura de la Declaratio Raimundi a
modo de tratado contra el averroísmo responde una asociación histórica basada
en gran medida en una tendencia iniciada por E. Renan; y c) demostrar que la
lectura de esta obra a modo de escrito como el uso de la filosofía pagana hace más coherente con el marco genérico aceptado por los estudios lulianos,
con el resto de obras escritas por el mismo autor entre 1297 y 1299 y con su
propio contenido.
LA DECLARATIO RAIMUNDI COMO COMENTARIO DE LA CONDENA PARISINA DE 1277:
La Declaratio Raimundi fue compuesta en un momento en el que Ramón Llull exponía su Arte, con permiso de la autoridad civil, en el Colegio de La Sorbona . Esta obra rompe con el silencio intelectual que se había levantado sobre la condena parisina de 1277 tras ser promulgada, y de hecho deberá esperarse hasta el siglo XIV para poder encontrar otros comentarios . El primero de ellos corresponde a Konrad de Megenberg, data de mediados del siglo XIV y se caracteriza por ciertos errores de interpretación de las obras de Alberto Magno. El segundo, compuesto a mediados del siglo XV en una revitalización de las discusiones en torno al aristotelismo, es un anónimo que R. Hissette titula Quod Deus , y en el que, aún más que en el caso anterior, las tesis de Alberto Magno ocupan un lugar destacado. La Declaratio Raimundi es, en consecuencia, el escrito más cercano en el tiempo a la condena parisina de 1277, si bien presenta otros elementos de especial interés para su vinculación: contiene una vehemente defensa de la condena en base al manifiesto error que suponen los artículos catalogados, está escrita por un autor próximo en ideología a Étienne Tempier, existe una afinidad importante en cuanto a la percepción del objeto de crítica y se trata de un texto bien conservado y transmitido. Particularidades que, a priori, hacen de la Declaratio Raimundi un documento de gran valor para la comprensión de los 219 artículos condenados. De facto, no obstante, la apreciación histórica de la Declaratio Raimundi ha sido distinta, pues los estudios modernos conceden a esta obra un lugar preeminente, pero sólo en contadas ocasiones su contenido es utilizado para la comprensión del texto del edicto. Es así que su valor se convierte en testimonial, en el sentido que no es utilizado para establecer el significado o el contenido de los 219 artículos condenados en 1277, sino más bien como testimonio de afirmaciones o tesis ya demostradas por otras vías. Una falta de relevancia histórica que se puso de manifiesto con el propio I. Salzinger, quien, pese a conocer la obra e incluirla en su catálogo, la dejó sin edición moderna y hubo que esperarse al siglo XX, cuando en su tesis doctoral O. Keicher presentó por primera vez un arquetipo del texto latino. Los motivos que subyacen a esta situación son fundamentalmente dos: a) la tardía composición de la obra; y b) su estilo y contenidos. a) La obra recoge la disputa entre el propio autor y un filósofo “de nombre Sócrates” sobre los 219 artículos condenados en 1277. La discusión se sitúa en un bosque cercano a París, poco después de que se hiciera público el edicto. La obra fue publicada a continuación del Tractatus novus de astronomia, antes de componer un comentario a las Sentencias de Pedro Lombardo. En este sentido, con frecuencia ha llamado la atención que Llull no compusiera la obra durante su primera estancia en París, entre 1287 y 1289, momento en el cual guardó silencio absoluto sobre ella. En cambio, diez años después, con el contexto de la condena más lejano y cuando se supone que la Universidad de París se encuentra –en lo relativo al aristotelismo– en un período de estabilidad y ausencia de conflicto, aparece un escrito que parece reavivar discusiones olvidadas. Por ello se tiende a considerar que la Declaratio Raimundi no responde ni a su contexto ni a la situación de origen, sino que es un ejercicio de profesión de ideas que realiza su autor cuando intenta encontrar un lugar en la institución educativa parisina. b) En lo que afecta a la capacidad de aportar información, el hecho de ser un diálogo y no un comentario es algo secundario. El problema reside en que la Declaratio Raimundi carece por completo de referencia externa, es decir, que su contenido gira sobre sí mismo y sobre el pensamiento del propio Ramón Llull. Es cierto que en el libro se nombran y detallan los 219 artículos, la condena y los motivos que la impulsaron, y que se procede de forma estructurada: artículo, argumentos a favor, argumentos en contra, réplicas y conclusión. Sin embargo, no existen más referencias al origen o los defensores de los artículos o ideas que la mención de Sócrates, nombre genérico que representa toda la filosofía antigua o la indicación de la necesidad de tener en cuenta las tesis defendidas por “los más grandes filósofos”. Esta ausencia de referencias es hasta tal punto manifiesta que las fuentes que aparecen en la edición de M. Pereira y Th. Pindl-Büchel son muy escasas. Una tendencia que será corregida, según supuso C. Teleanu, con las últimas obras del período anti averroísta, sobre todo tras las indicaciones del apócrifo Liber de universalibus. En base a estos hechos, C. Bonmariage fijó el objeto real del texto no en la condena parisina de 1277, sino en la tesis de Ramón Llull sobre la concordancia necesaria entre filosofía y teología.
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